Visto el escrito anterior contentivo del convenimiento de pago realizado entre la ciudadana MARIA DEYANIRA QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 10.133.868, debidamente asistida por la abogada YSIL BOLIVAR ZAPATA inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.647, y el Abogado NELSON MELGAREJO en su carácter de Procurador General del Estado Apure, parte demandada en este juicio y plenamente identificada en autos, que mediante convenimiento presentado por las partes ante este despacho en fecha veintiuno (21) de junio de 2006, decidieron poner fin al presente juicio, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordenará el archivo del presente expediente, en la oportunidad que conste el cumplimiento del p.....