"Solicito al Tribunal se sirva embargar Ejecutivamente la partida donde se realizan las deducciones del Personal adscrito a la Caja de Ahorro de la Policía del Estado Apure, específicamente la segunda quincena del mes de Septiembre del 2008, hasta cubrir la suma de Catorce Mil Cinto Treinta y Un Bolívares Fuertes con Ceros Céntimos (BsF. 14.131,00); y se elabore un Cheque a favor de la trabajadora Lucia Maricela Luna antes identificada y el mismo sea remitido al Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Apure, Ubicado en la Avenida Miranda, edificio Indio Figueredo, Segundo Piso, Sede de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure". En nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Formalmente Embargado Ejecutivamente el monto antes señalado de las deducciones de los socios de la Caja de Ahorro de la Policía del estado Apure, por la Cantidad de Catorce Mil Ciento Treinta.....