V. DISPOSITIVA.
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Coordinación laboral, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Canceladas las Prestaciones Sociales del ciudadano JOSE RAMON BARRIOS venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V- 8.158.586 y de este domicilio, por la Gobernación del Estado Apure, en consecuencia cumplida la finalidad del proceso.
SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente.
TERCERO: Se ordena su remisión a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Coordinación Laboral a los fines de su archivo definitivo.
CUARTO: Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal d.....