Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control No. 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la precalificación jurídica dada por la representante del Ministerio Público como: Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano GONZALEZ QUINTANA CHARLIS RUBEN
SEGUNDO: SE ACUERDA MANTENER LA MEDIDA DE Privación Judicial Preventiva De Libertad, decretada el 28-04-2011, por este Tribunal, al imputado: DENNY OMAR ARCILA RODRIGUEZ: Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.328.144, de profesión u oficio Funcionario Policial. Residenciado en: Barrio San Luis, Calle Principal, casa numero 84, San Fernando Estado Apure, deberá permanecer recluido en la Comandancia General de la Policía, por su condición de F.....