Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
ÚNICO: NEGAR la solicitud de sustitución de la medida cautelar acordada en fecha 26-10-10, interpuesta por la defensa pública MEIRA KATIUSKA PINTO, a favor del imputado JESUS ALBERTO LOPEZ RAVELO, titular de la cédula de identidad N° 17.272.540; conforme a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por las razones expuestas en la presente decisión. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. NORKA MIRABAL RANGEL