SEXTO: Se admiten las pruebas testimoniales ofrecidas por la Defensa Abogados Henry Rodríguez y Carlos Alfredo López, defensores de Williams Junior Martínez Salazar por haber señalado el mismo en su escrito su licitud, necesidad y pertinencia a los fines de un eventual juicio oral y público las cuales son las siguientes: "testimonios de los ciudadanos PEDRO MIGUEL MENDOZA PINO, LUIS MARTÍNEZ, PRIYANCA JENIBEL CADENAS FIGUEROA Y LUISA DE FAJARDO, testigos estos que son necesarios y pertinentes para desvirtuar la acusación fiscal, interpuesta en contra del acusado Williams Junior Martínez Salazar, por cuanto los mismos tienen conocimiento de los objeto del presente proceso, y por tanto, conocen directamente de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, en que se suscitaron los hechos, así como para dar por demostrado que efectivamente en el caso que nos ocupa, todo se suscita por el empeño del Ministerio Público en hacer creer que la presente investigación compromete al hoy acusado, en .....