DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscal Superior del Ministerio de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Dra. Carmen Elena Padrón Alvarado; mediante la cual pidió de este Tribunal prorrogara, extendiera o prolongara, su efecto, en el tiempo de la Medida de Protección ahora en vigor respecto del ciudadano: venezolano, de 67 años de edad, de estado civil divorciado, de oficio Ganadero, titular de la cedula de identidad personal N° 8.155.961 y residenciado en la Calle Bolívar, frente al Grupo Escolar "Juan Bautista Esté" de la población de San Juan de Payara, Municipio Pedro Camejo del Estado Apure y; en el Hato Carutal, vía a San Juan de Payara Municipio Pedro Camejo del Estado Apure; tramitada según legajo de Solicitud Autónoma sig.....