DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se decreta con lugar la aprehensión en flagrancia de los Ciudadanos PABLO ALÍ LINARES RIVAS y ALEX JUNIOR GARCÍA BENAVIDES, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-20.232.970 y V-24.518.647 respectivamente; conforme a lo estatuido en el artículo 44 Ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; y siendo el Ministerio Público el Titular de la Acción Penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones en artículo 373 eiusdem, este Tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal que se prosiga la presente investigación por el .....