Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley le confiere, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, en la causa seguida al ciudadano: APARICIO RAFAEL ALEJANDRO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.616.693, Venezolano, natural de Mantecal, Municipio Muñoz, del Estado Apure, de ocupación Comerciante, de estado civil soltero, residenciado en el Barrio Lindo, Calle Principal, Casa 48, Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz, Estado Apure, hijo de RAMON ANTONIO VELAZQUEZ y de MARÍA SIMONA APARICIO; por la comisión de los delitos de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia , cometido en perjuicio de la Ciudadana NELIDA VIDALINA PADRÓN; y en con.....