DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SE ANULA las actuaciones que motivaron la aprehensión del Ciudadano LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.239.206, conforme a lo dispuesto en los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.239.206. Que en virtud de la declaratoria de nulidad de la aprehensión se declara con lugar lo solicitado por el Ministerio Público y la Defensa Privada. Quedan notificadas las partes conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad al Ciudadano LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ, en libertad desde la Sala de A.....