D E C I S I O N:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este tribunal tercero de Primera instancia en funciones de control del Circuito judicial penal del estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, administrando justicia en nombre de la República bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por el lapso de un (01) año al acusado: CUEVA RUBBER JOSÉ, titular de la Cédula de identidad Nº V.-15.681.561, quedando sometidos a las siguientes condiciones: 1.- Presentaciones cada Noventa (90) días ante el área de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; y 2.- la prohibición de portar arma de fuego; audiencia de verificación en el lapso de UN (01) AÑO, a partir de la presente fecha. Se fija Audiencia Especial de verificación de cumplimiento para el día viernes 01/02/2013, a las 10:30AM, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Quedan notificadas.....