Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la Medida de Colocación Familiar en Familia de Origen, solicitada por la ciudadana Karla Andreína Parra Gutiérrez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.951.071, estado civil soltera, estudiante, domiciliada en el Barrio La Aurora II, casa s/n, primera entrada a mano izquierda, Guasdualito, municipio Páez, distrito del Alto Apure, en su carácter de madre de la niña, debidamente asistida por la Defensora Pública Segunda adscrita al Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Vilma Vielma de Tapia, en beneficio de la niña (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), cuyo padre biológico Hermes Enrique Aquino Páez falleciera en fecha 02 de enero de 2009, a ser ejecutada por los ciudadanos Hermes Enrique Aquino Acosta y Aneira del Rosa.....