Declara: PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A, suscrito por los ciudadanos ANTONIO MARIA CASTILLO GUTIERREZ y GLEINA YASMIRA AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-11.239.505 y V-16.528.796, padres biológicos del niño (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.-