En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, DECLARA:
Primero: SIN LUGAR la solicitud de Colocación Familiar formulada, por el ciudadano PEDRO ALEJO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.191.933 con domiciliado en la Urbanización Los Centauros, Avenida Principal, Manzana F, Casa N° 11, San Fernando de Apure, a favor de la niña cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes., debidamente asistida por la Abog. Carmen Luisa Barrios Castillo, Fiscal Sexta del Ministerio Publico; por cuanto ha quedado demostrado en autos que la madre biológica está apta para ejercer la Custodia de su hija, tal cual como lo establecen los Artículos 358 y 359 de la Ley Orgánica de Protección de N.....