DECLARA: PRIMERO: HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO de la Demanda de Custodia, intentada por el ciudadano JORGE LUIS DUARTE GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.851.643, padre legal de las Hermanas; (Cuya identidad Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), en contra de la ciudadana DAMARIS COROMOTO MONTSERRAT FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.922.781.-