Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se DESESTIMA la Aprehensión en Flagrancia de los ciudadanos DELVIS MANUEL ESPINOZA RIVERO Y YEXI MARILU PEÑA CAMPOS, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-18.726.310 y V-20.478.534, respectivamente, por lo que se decreta la NULIDAD DEL ACTO DE APREHENSION y la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, conforme a lo establecido en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a los ciudadanos: DELVIS MANUEL ESPINOZA RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº V-18.726.310, natural de Achaguas Estado Apure, fecha de nacimiento 13-04-1986, edad 30 años de edad, estado civil: Soltero, de ocupación u oficio: Comerciante; hijo de Claudio Espinosa (V) y María Rivero (V). Residenciado: Calle.....