DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE REVOCACION, en virtud de las sentencias reiteradas de la sala, que establece la extemporaneidad de la recusación, que se estima a un día antes del día del debate, habiéndose iniciado el juicio, y habiendo hecho una audiencia de continuación, ya esta extemporáneo, aun así este Tribunal enviara un cuaderno separado a la corte de apelaciones a los fines de que se pronuncien con respecto a la recusación planteada, y hasta tanto la corte de apelaciones no emita un pronunciamiento en la que acuerde Con Lugar dicha recusación, este tribunal continuara con la realización del presente juicio. Es todo.