PRIMERO: DECLARA INOCENTES A LOS ACUSADOS JAVIER JOANDY GUEDEZ DUARTE. Titular de la cédula de identidad Nº 17.369.231. Y DAISON YOSMER DURAN GAVIDIA. Titular de la cédula de identidad Nº 19.826.689, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL de conformidad con el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Éste Tribunal llegó a la convicción plena mediante el acervo probatorio recepcionado en el debate Oral y Privado, que no se demostró la ejecución del delito señalado a los ciudadanos mencionados supra, por tanto se generaron dudas en este Sentenciador, que los sometidos a juicio ACUSADOS: JAVIER JOANDY GUEDEZ DUARTE. Titular de la cédula de identidad Nº 17.369.231. Y DAISON YOSMER DURAN GAVIDIA. Titular de la cédula de identidad Nº 19.826.689, hayan cometido el delito endilgado, toda vez que los medios de pruebas aportados, admitidos y debatidos, no constituyeron elementos probatorio adecuados, idóneos y suficientes para form.....