Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO intentada por los ciudadanos ORIANA RAQUELYN CASTILLO FLORES y WINDER MANUEL DIAMON MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad No. V-23.700.673 y V-20.243.328.