Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con Sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión de la Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento en Divorcio, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos MARLON MIGUEL RAMOS CASTILLO y MARIA EMILIA CORDOVA NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 19.476.604 y 20.089.447, por ante la Presidencia de la Junta Parroquial del Municipio Autónomo Biruaca, Estado Apure, el día 29 de Diciembre del año dos mil siete (2.007), tal como consta en acta de matrimonio llevada por los libros de Registro Civil de Matrimonios de la Extinta Institución durante el año 2.007, signada con el Nº c.....