DECLARA:
Primero: CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A instaurada por los ciudadanos DIERMAN ENRIQUE GONZALEZ CASTILLO y ANDREINA JOSE VERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-16.000.319 y V-20.004.666, debidamente asistidos por la Abogada MICHELLE A. DI MARZO VILLEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 116.774, según el Artículo 185-A del Código Civil.-