este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastantes y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos JUAN EDUARDO MELO VELOZ, FREDDY EDUARDO MELO VELOZ, y RAMON EDUARDO MELO VELOZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nº V-13.559.837, V- V-5.362.714, V-11.244.225, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus LUIS EDUARDO MELO VELOZ, quien fue venezolano, de 52 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-,10.616.773, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.