este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, incoada por el ciudadano JOSE GREGÓRIO GALEANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.583.380, asistido por el Abog. PABLO REALZA COLON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 254.361, contra la ciudadana ANA ZOBEIDA CASTILLO TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.512.593,. Y en consecuencia DISUELTO el Matrimonio Civil contraído por los ciudadanos JOSE GREGÓRIO GALEANO y ANA ZOBEIDA CASTILLO TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.583.380 y V-15.512.593.