este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio San Fernando, según se evidencia en documento de Autorización, de fecha 07 de agosto del año 2.014; dicho terreno consta de DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN CENTÍMETROS (209,71 M2); ubicado en la Parroquia San Fernando "BARRIO 12 DE FEBRERO, CAUJARITO, VEREDA SUSANA MARTÍNEZ, S/N; Municipio San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: CASA DE LA SRA. ESTHER GARCIA, EN DIECISIETE METROS CON VEINTE CENTÍMETROS (17,20 Mts); SUR: CASA DE LA SRA. LUISA LEÓN, EN DOCE METROS CON VEINTIUN CENTÍMETROS (12,21 Mts); ESTE: VEREDA SUSANA MARTÍNEZ, EN .....