DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la Solicitud de Revisión de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana: YENNY JOSEFINA CORDOVA, representante y Madre de los hermanos x, debidamente asistida por la Defensora de Niños, Niñas y Adolescente del Municipio Biruaca del Estado Apure Licenciada Neyla Pérez.
SEGUNDO: Se fija de carácter definitivo como obligación alimentaria la cantidad de Mil Doscientos Bolívares (Bs. 1200,oo) mensuales, por concepto de obligación alimentaria, el Bono Escolar en el mes de Septiembre por la cantidad de Siete Mil Bolívares ( 7.000,oo), el bono decembrino por la cantidad d.....