Biruaca, 06 de Diciembre de 2017
207° y 158°
Visto el anterior justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN" a favor de la ciudadana ANDRI YANERKY GÓMEZ DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.017.722, las bienhechurías que se determinan en la solicitud construidas en terrenos de propiedad Municipal, según se evidencia en el Contrato de Arrendamiento Simple, otorgado por la Abg. SANTA MAGALIS NIEVES, en su carácter de Sindica Procuradora de la Alcaldía del Municipio Biruaca del Estado Apure, aprobado en Sesión Ordinaria N° 018 de fecha 24 de Mayo de 2016, inserto en el Libro II, Tomo II, Folios 22 al 24, Segundo Trimestre del año 2016, con una supe.....