DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la Solicitud de Revisión de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana: ORLEANA DEL CARMEN TOVAR, Representante y Madre de los niños, debidamente asistida por la Dra Carmen Luisa Barrios Castillo, en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio Público Estado Apure.
SEGUNDO: Se fija de carácter definitivo como obligación alimentaria la cantidad de Dos Mil Quinientos Bolívares (Bs.2.500,oo) mensuales, por concepto de obligación alimentaria, el bono de septiembre de en la cantidad de Diez Mil Bolívares( 1.000,oo ) y el Bono Decembrino por la cantidad de Quince Mil Bolívares (15.000,oo) de los aguinaldos que le.....