Este Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO, el presente Convenio en la forma y oportunidad de pago convenido por los ciudadanos: JOSE ALEXIS RANGEL y YANEXI NAYLETH BENARES, plenamente identificados en autos, a favor de los hermanos RAGEL BENARES, de conformidad con el artículo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter definitivo PRIMERO: El ciudadano ofreció la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (BsF. 1.500,oo) mensuales, a través de un deposito bancario. SEGUNDO: También ofreció un bono especial en el mes de Septiembre de TRES MIL BOLIVARES FUERTES (3.000.00 Bsf) para la compra de uniformes y útiles escolares. TERCERO: Asimismo se compartirán el (50%) de los gastos médicos cuando sean requeridos por el niño. CUARTO: Ta.....