Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO, el presente Convenio en la forma y oportunidad de pago convenido por los ciudadanos: ALEXIS NEPTALI CASTILLO SOLORZANO y DELVALLE JOSEFINA SOLANO, plenamente identificados en autos, a favor de los hermanos: xR, de conformidad con el artículo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes. En consecuencia, se impone de carácter definitivo PRIMERO: El obligado alimentario se compromete con la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.5.500, oo) mensuales. SEGUNDO: El obligado alimentario, acuerda la compra de útiles escolares, con motivo inicio. TERCERO: El obligado se compromete a comprar la ropa y los juguetes del niño Felipe Nasier Castil.....