Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO, el presente Convenio en la forma y oportunidad de pago convenido por los ciudadanos: IVAN ANTONIO TOVAR FARFAN Y EUNICE NEUVIMAR MEDINA CADENA, plenamente identificados en autos, a favor de la niña: ddd, de conformidad con el artículo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes. En consecuencia, se impone de carácter definitivo PRIMERO: El obligado alimentario se compromete con la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500, oo) mensuales, en partidas de SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.750, oo) quincenales. SEGUNDO: Tambien se compromete con la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000, oo) para gastos decembrinos. TERCERO:.....