Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO, el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes. En consecuencia, se impone de carácter definitivo PRIMERO: El Obligado alimentario se compromete a cumplir con la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs.400.oo) mensuales, para gastos de alimentos, los cuales serán entregados personalmente a la madre. SEGUNDO: Asimismo se compartirán el 50% de los gastos médicos, cuando sean requeridos por el niño, TERCERO: el ciudadano también se compromete en cubrir un bono especial para el mes de Diciembre por la cantidad.....