D I S P O S I T I V A.
Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con la copia certificadas del Acta de Defunción, la copia de la Partida de Nacimiento y por cuanto en estas actuaciones sólo aparece como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, su cónyuge sobreviviente LIGIA MARGARITA REYES DE PEREZ, y sus tres (03) hijos quienes llevan por nombres: SONIA JOSEFINA PEREZ REYES, CARLOS JAVIER PEREZ REYES y JOHANA NAHIR PEREZ REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 11.244.008, V- 15.512.203, y V- 15.512.205, respectivamente; domiciliados en la ciudad de San Fernando de Apure, Municipio San Fernando del Estado Apure, del De-Cujus RAMON ALACARIO PEREZ. Cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscr.....