DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara: INADMISIBLE in limine litis la presente solicitud, presentada por el ciudadano DANYS RAFAEL MORALES URRUTIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.947.029, asistido por el Abogado JESÚS WLADIMIR CÓRDOBA BOLÍVAR, inpreabogado N° 133.170, en contra de la ciudadana YECSY NAIROBI CASTILLO BEJA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.512.842. Se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente sentencia.
REGÍSTRESE y PUBLÍQUESE, incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento .....