, DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos CARMEN MARIA FAGRE DE AQUINO, ANDRES ALFREDO AQUINO FAGRE, ANGEL ANTONIO AQUINO FAGRE y ARLENES AYMARA AQUINO FAGRE, de este domicilio; en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus ANDRES ORLANDO AQUINO ACEVEDO, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 11:32 a.m., del día diecisiete (17) del mes de Julio de Dos Mil Catorce (2.014). Años 204º de la Independencia y 155º de la federación.