DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: LUIS FRANCISCO LUGO, LUIS FRANCISCO LUGO RODRIGUEZ, ROSA YSABEL LUGO RODRIGUEZ, ANDRES MARIA LUGO RODRIGUEZ, YARIRA DEL CARMEN LUGO RODRIGUEZ, LUIS ARGENIO LUGO RODRIGUEZ, ROSA MARIA LUGO RODRIGUEZ, CARLOS DANIEL LUGO RODRIGUEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-2.233.939, V-17.202.622, V-15.046.791, V-11.753.136, V-13.639.899, V-11.753.147, V-12.321.477 y V-12.321.480 y como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus: ROSA EMILIA RODRIGUEZ PEREZ, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a los Solicitantes.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, del día veintitrés (23) del mes de Mayo de Dos Mil Diecisiete (2.017). Años 207º de .....