DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraídos por los ciudadanos: YOANA CAROLINA GUTIERREZ Y JOSE MANUEL TOVAR BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 17.396.851 y V- 15.984.282, ambos de este domicilio, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio JOSUE D. ROJAS, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad N° V- 15.512.790, e inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 197.430, y con domicilio procesal en la Urbanizacion Los Cañitos, Calle "A", Edificio Carmona, Piso N° 1, Oficina N° 10, del Municipio San Fernando del Estado Apure. En su escrito los comparecientes expusieron que solicitan se declare disuelto el VINCULO CONYUGAL que contrajeron en fecha el día 28 de Diciembre del año 1.999, por ante el Registro Civil y Electoral del Municipio General anuel Cedeño del Estado Bolívar, según acta de matrimonio Nº 158. Según Acta de Matrimonio Certificada. M
Liquídese la comunidad conyugal.
PUBLÍQUESE, R.....