DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin lugar la pretensión interpuesta el 20-10-2.020 bajo la modalidad de efecto suspensivo por los Abogados Rosa Elena Rojas y Wilfredo Jesús Colmenares Araujo, en sus condiciones de Fiscales Octavos del Ministerio Público, contra la decisión dictada el 5-3-2.020, y publicado su texto íntegro en fecha 12-3-2.020, por el Juez 1° de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Carlos Alberto Jaimes Gómez, mediante la cual decretó el Sobreseimiento Provisional de la causa por el lapso de un (1) año, a favor del ciudadano Nelson Alejandro Mendoza Chacón, y en consecuencia orden.....