PRIMERO: Declara con lugar la pretensión interpuesta en 23-1-2017 por la Abg. MARÍA ELOINA UTRERA RAMOS, Defensora de CAMILA ANGELINA VILLAMIZAR, contra la sentencia dictada el 18-10-2016, por el Juez 1° del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Itinerante del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. JUAN ANIBAL LUNA, publicado su texto íntegro el 5-12-2016, mediante el cual condenó a la ciudadana antes mencionada, como responsable de la comisión del delito de invasión, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal.
SEGUNDO: Anula la sentencia impugnada, con fundamento en el artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Ordena de conformidad con el artículo 425 del Código Orgánico Procesal Penal, que un Juez distinto al Abg. JUAN ANIBAL LUNA INFANTE celebre nuevo juicio oral en la causa seguida contra el acusado.