En virtud de los razonamientos antes expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Declara Inadmisible por inimpugnable, de conformidad con el literal c del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, la pretensión interpuesta el 11-6-2015 por el Abg. Freddy Fidel Molina Ayala, contra la decisión dictada el 4-6-2015, por el Juez 1° de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Abg. Miguel Padilla Bazó, en audiencia de conciliación, mediante la cual declaró Sin lugar la solicitud presentada por el supramencionado abogado sobre la declaratoria del abandono de la querella que fue interpuesta en contra de su defendido Jonathan Elías Castillo Astroza,.
SEGUNDO: Devu.....