PRIMERO: Declara con lugar la pretensión interpuesta el 21-11-2016, por la Abg. ELVA JESUS CARPIO CORDERO, Defensora Pública Auxiliar 1ª adscrita a la Coordinación Regional de Defensa Pública del Estado Apure, Defensora de JESUSAS ANGELINA RIOS BRACA y DANIEL JOSE MARTINEZ FIGUERA, contra la sentencia dictada el 15-9-2016 por la Juez del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. BETTY YANETH ORTIZ CHACON, mediante la cual condenó a la primera de los antes mencionados, por la comisión del delito de lesiones leves, tipificado en el artículo 416 del Código Penal; y al segundo por la comisión del delito de violencia física, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en aplicación del procedimiento especial por admisión de hechos, previsto en el artículo 371 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se a.....