PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Revisión de la sentencia definitivamente firme dictada en fecha 16 de Junio de 1999. SEGUNDO: Se revisa la pena impuesta al procesado, en sentencia definitiva de fecha 16 de Junio de 1999, mediante la cual se le condeno a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN y en su lugar se le rebaja la pena a cumplir al ciudadano ARGENIS RAFAEL MARQUEZ AGUILAR, a UN (01) AÑO DE PRISIÓN por la comisión del delito de TENENCIA ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, ahora tipificado como POSESIÓN, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6° del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: De conformidad a los artículos: 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia en .....