PRIMERO: Sin Lugar la pretensión interpuesta el 28-4-2017, por la Abg. NEIDA BARILLAS PERALTA, Defensora Pública Auxiliar con Competencia Plena Nacional adscrita a la Coordinación regional de la Defensa Pública de la Extensión Guasdualito de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Defensora de ERNEY ABIMELET MAYORGA GARCIA y NORIS LISBELLA COSILES CETINA, contra la decisión mediante la cual el 10-4-2017, el Juez de Primera Instancia en funciones de Control de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. DAVID QUINTERO FLORES, decretó en perjuicio de los antes mencionados ciudadanos, medida de privación judicial preventiva de libertad, por estar presuntamente incursos en la comisión del delito de homicidio calificado en complicidad correspectiva, tipificado en el numeral 1 del artículo 406 del Código Penal, en concordancia con el artículo 424 eiusdem.
SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida.