DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y en cumpliendo funciones de guardia, DECLARA:
UNICO: Se concede la prorroga de quince (15) días solicitada por el Fiscal Primera del Ministerio Publico, en el asunto penal 1C-15376-12, (Fiscalia: 04-DDC-F1-0116-12, Y 04-f1-0621-11) seguida a los ciudadanos GUILLERMO VELANDIA, titular de la cedula de identidad N° 25.886.580, y WILLIAM ANDRES VELANDIA, titular de la cedula de identidad N° 27.653.406, los cuales comenzaran a computarse a partir del vencimiento de los treinta días, es decir desde el día 06-03-2012, inclusive, y culminara el día 20-03-2012, todo de conformidad a lo establecido en el quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en el proceso se debe establecer la verdad de los hechos por l.....