DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud del Ministerio Público en cuanto que sea decretada la aprehensión en flagrancia.
SEGUNDO: Se ordena proseguir la investigación por la vía ordinaria.
TERCERO: Con base en los elementos de convicción que cursan en autos y que ya han sido examinados se decreta MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano RICHARD RAFAEL MEJIAS, quien es venezolano, natural de San Fernando de Apure, de 35 años de edad, nacido el 25-12-70, de estado civil soltero, de ocupación Funcionario Policial adscrito a la Comandancia de Policía del Ejecutivo del Estado Apure, Titular de la Cédula de Identidad Numero V-11.214.406, Residenciado en el Sector Las Cabañitas, Bar El Ventilador, Sector El Recreo, San Fernando de Apure, Estado Apure; por considerar satisfechos los supuestos de los Artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de la precalificación presentada, se presume la comisión de un hecho punible que no esta prescrito.....