DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de la ley DECRETA:
PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación interpuesta por el Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el artículo 330 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se CONDENA al acusado LÓPEZ ESAU ALEXIS, venezolano, natural de esta ciudad, casado, de mayor de edad, residenciado en Calle Salia. No. 42. San Fernando de Apure, hijo de Juana Eloisa de López., titular de la Cédula de Identidad No. 9.598.475, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal Venezolano, en aplicación del procedimiento de admisión de los hechos establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en el establecimien.....