DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR LA SOLICITUD DEL MINISTERIO PUBLICO en cuanto a que se decrete la aprehensión del ciudadano PEREZ SANTANA OSBEL LUIS, Titular de la cedula de Identidad Numero V-23.699.078, como flagrante, por cuanto no encuadra dentro del marco establecido por el legislador en los articulados 44.1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, ahora bien, siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo, la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal considera ajustado a derecho la so.....