DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA:
PRIMERO: Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a favor de JUAN DAVID FUENTES, indocumentado, de conformidad a las previsiones del articulo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 258 ejusdem, en consecuencia queda obligado a: A-Presentaciones cada ocho (08) días ante el área de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, se insta alguacil de sala para que abra la correspondiente ficha de presentación. B Prestar fianza suficiente a través de dos (02) personas de reconocida solvencia económica, de buena conducta responsables, por el equivalente a 30 Unidades Tributarias, cada uno de ellos.
SEGUNDO: Proseguir la presente causa por el Procedimiento Ordinario.
TERCERO: Constituida la.....