DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: De conformidad con el Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACION presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano JONATHAN EDGARDO PÉREZ VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.293.425, y en este acto se cambia la calificación jurídica de manera provisional por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el artículo 80 ambos del Código Penal cometido en perjuicio de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO VILLEGAS, ANA MARLYN AMPUEDA PÉREZ.
SEGUNDO: Vistas las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico, este Tribunal LAS ADMITE TOTALMENTE por considerarlas .....