TERCERO: Se le impone Medida Cautelar Sustitutiva de privación de Libertad en contra de el imputado (s), MAXIMO DEL CARMEN GONZALEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº : 4.255.159, de las establecidas en los artículos 256, ordinal 3º, 8º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones periódicas cada quince (15) días, por ante el área de Alguacilazgo de este Circuito numeral 8º; relacionado garantía real que garanticen que el imputado bien sea por el imputado u otra persona, ello se postula para su ofrecimiento que como quiera existe una responsabilidad solidaria del propietario del vehículo del mismo, y la del numeral 9º, se postula la prohibición de conducir hasta tanto el Ministerio Público, emita acto conclusivo.
CUARTO: Quedan notificadas las partes conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad, una vez constituida la Fianza. Es todo. Termino se leyó y conforme firman......