DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA:
PRIMERO: Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a favor de los ciudadanos ELADIO MONTOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.903.989, y EDGAR DANIEL CAVANERIO, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.904.577 de las establecidas en el articulo 256 ordinales 3° y 8° en concordancia con el articulo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia quedan obligados a: A- Presentaciones periódicas ante el área de alguacilazgo de este circuito Judicial Penal a intervalos de ocho (08) días entre una y otra presentación a partir del día de la presentación de la fianza y B- Constituir fianza a través de dos (02) personas de reconocida solvencia económica, responsables y de buena conducta,.....